Despidos y Renuncias

Los abogados y leyes pueden resultarnos de utilidad en varias circunstancias de nuestras vidas. Una de ellas puede ser para asistirnos con nuestros despidos. Este artículo tratará de la temática de los despidos y de cómo un abogado puede ayudarnos a hacer respetar a rajatabla nuestros derechos laborales.

Un abogado es un profesional con título universitario habilitante que usualmente debe estar inscripto o matriculado en un cuerpo colegiado. Este letrado será quien pueda defendernos, representarnos y asesorarnos en alguna de las diferentes ramas del derecho existentes.

Para el caso aplicado a los despidos debemos recurrir a un abogado especializado en derecho laboral. En este punto vale aclarar que como existen infinidad de ramas distintas en la abogacía es imposible que un único profesional pueda tener conocimientos específicos sobre cada una de ellas. Por este motivo debemos recurrir al que usualmente trabaja con estas cuestiones que es el abogado laboral o laborista.

La particularidad del derecho laborar es que protege un extremo de la relación empleador-empleado más que al otro. Debido a que la relación laboral tiene un carácter desigual ya que uno es el que manda -el empleador- y el otro el que obedece -el empleado- el derecho viene a resguardar en este caso los derechos del más débil. Por este motivo ante una demanda presentada por un empleado su jefe siempre se presume culpable, a menos que se demuestre lo contrario. Esto es lo opuesto a lo que suele suceder en el resto de las ramas, donde en muchos países se presume la inocencia hasta que se declara la culpabilidad de alguien.

Hechas las aclaraciones anteriores pasemos al siguiente punto. El despido es el momento en que el empleador desvincula unilateralmente al empleado. Esta situación puede ocurrir por varios motivos: puede ser un despido con justa causa, o un despido sin justa causa. Ambos suponen la extinción del contrato laboral pero difieren entre ellos.

En el caso de despido con causa justa la misma debe ser comunicada por escrito y en forma perfectamente clara incluyendo los motivos que dan por fundada la ruptura del contrato. Esto ocurre usualmente o por telegrama o por carta documento. Ahora bien, qué se entiende por justa causa? Para esto debe existir un incumplimiento de las obligaciones laborales de manera tal que se trate de una injuria que por su gravedad imposibilite la continuidad del vínculo labora.

Si nos despiden sin justa causa allí podremos recurrir a un abogado para que nos represente e iniciaremos una causa judicial contra el empleador. Es importante destacar que ambas partes deberán presentar pruebas fechacientes, pero que siempre la ley está a priori del lado del empleado.

El despido sin causa es aquel decidido unilateralmente por el empleador, sin tener causa alguna para hacerlo. Por este motivo también puede llamarse despido arbitrario. Esta modalidad genera obligación para que el empleador indemnice al empleado. Aquí también nos convendrá recurrir a un abogado para garantizarnos cobrar todo lo que nos corresponde.

Ahora bien, las dos modalidades anteriores se encuentran dentro de lo que se denomina despido directo ya que quien decide la finalización del contrato laboral es el empleador de manera unilateral. Pero existe también lo que se conoce como despido indirecto. Este es el decidido por la otra parte de la relación laboral, el trabajador. Y se da en los casos en que el empleado considera que el empleador ha incumplido gravemente un derecho u obligación de su parte de manera tal que constiye una injuria que impide la continuidad del contrato. Este caso también debe ser notificado por escrito, previo pedido al empleador a que modifique su actitud. En este supuesto, el empleador debe expresar sus motivos en forma expresamente clara ya que de poder demostrar la causa invocada tendrá derecho a cobrar las indemnizaciones por despido incausado.

Es importante a esta altura diferenciar el despido de la renuncia ya que son dos cosas distintas. La última corresponde a un acto jurídico unilateral de parte del empleado que no requiere el consentimiento del empleador sino que es suficiente con que llegue a su conocimiento con el debido preaviso establecido por ley. Al momento que el empleador recibe la comunicación la misma queda perfeccionada extinguiéndose el vínculo laboral a partir de la fecha futura cierta que figure en el telegrama o carta documento. Entonces la renuncia, a diferencia del despido, es el acto formal y voluntario  por el cual el empleado o trabajador disuelve el contrato de trabajo por causas subjetivas no fundadas en incumplimiento contractual de parte del empleador.

Los despidos y las renuncias son dos actos diferentes, pero en ambos resulta útil recurrir a un abogado para recibir un correcto asesoramiento de acuerdo a la normativa vigente en tu país.

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